INEPTOS O ENCHUFADOS?
2.3.1) Lo que debe hacer el Jefe de Seguridad:
El Profesor Reisz en su artículo arriba citado nos señala que el "jefe de Seguridad.
- a) "Es el responsable directo de la disciplina de
todo el personal que integra el equipo (vigiladores y custodios)
- b) Debe controlar el cumplimiento de las actividades previas expresadas precedentemente para los vigilantes de Seguridad
- c) Debe asignar misiones y sectores de observación y represión (en su caso) a los integrantes de su equipo en consonancia con las instrucciones específica impartidas por la empresa o el establecimiento. Nosotros comentamos que el término represión debe asumirse como la capacidad de reacción de la organización de seguridad y no como una competencia legal que de por le es atribuida sólo a los órganos de seguridad pública regulados por la ley.
- d) Es el único que acordará con las personas custodiadas respecto de:
- 1. Horarios.
- 2. Puestos de vigilancia.
- 3. Señales de
reconocimiento .
- 4. Todo otro aspecto que requiera coordinación a ese
nivel .
- 5. Lugares de permanencia del equipo durante el servicio, donde se lo determinará expresamente a través de la directiva de integración del servicio que establezca el Jefe de Servicio". (fin de la cita).
Algunas de las conductas desviadas que hemos observado en nuestra experiencia profesional son:
- A) Trato déspota, despiadado, humillante y cruel a los es de Equipo y Vigilantes de seguridad a su cargo. Ello,
bajo una nociva e indebida percepción de empoderamiento al creerse superiores en una escala piramidal administrativa dada por el condominio o la empresa prestadora de losservicios de vigilancia.
- B) Delegar o desplazar parcialmente funciones que le corresponde a él únicamente, a sus subordinados, exigiéndole a veces, responsabilidades propias de su nivel; lo que trae como consecuencia que las evaluaciones del mérito de los estos últimos se hacen partiendo de falsas y con una nula objetividad ab inicio de apreciaciones o exigencias que van más allá de lo que realmente debe y puede pedírsele al oficial de seguridad evaluado.
- C) No recorrer las instalaciones bajo su responsabilidad y no velar por la disciplina del grupo; extremando la confianza a veces en sus subordinados, permitiéndoles u ocultando las faltas, no reportándolas en sus informes a sus superiores.
- D) No
participar en las reuniones de su grupo para analizar periódica y sistemáticamente el servicio prestado.
- E) No
escuchar las sugerencias de sus subordinados ante las inconveniencias que pudieran derivarse de las órdenes, instrucciones u orientaciones que afectan abiertamente la calidad del servicio.
- F) Pretender prebendas,
ventajas o pagos dinerarios o en especie a cambio de la prestación de los servicios de seguridad que le presta y desvía particularmentehacia a un grupo de propietarios o Jefes Superiores(gerentes ,directores)de oficinas o Centros Esto vulnera la ética profesional y desnaturaliza totalmente la organización y el sistema de seguridad; desacredita al empresario o a la junta directiva del condominio,
No hay comentarios:
Publicar un comentario
SI TE GUSTA ,ESCRIBE